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Devolución del IVA en el aeropuerto

La mayoría de los aeropuertos de la red de aeropuertos de España que ofrecen vuelos internacionales, disponen en el aeropuerto de una o varias oficinas de Devolución de IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) de las compras realizadas en España.

Si usted quiere solicitar la Devolución del IVA de esas facturas, deberá ejecutar este procedimiento en el aeropuerto de salida antes de tomar su vuelo reuniendo una serie de requisitos.

Tenga en cuenta que este proceso en el aeropuerto le puede llevar cierto tiempo, en función del número de pasajeros que también estén haciendo cola para solicitar la devolución. Tome sus precauciones para ese posible tiempo adicional.

Quién puede solicitar la devolución del IVA

Pueden solicitar la Devolución del IVA todos aquellos pasajeros que tengan su residencia habitual fuera de la Unión Europea, en Canarias, en Ceuta o en Melilla, no importa su nacionalidad.

Requisitos de las facturas a presentar

  • Sólo se puede solicitar la devolución del IVA por bienes adquiridos (compras realizadas) en España, con excepción de los bienes que se hayan adquirido en Canarias, Ceuta y Melilla, ya que estas comunidades están excentas de dicho impuesto. Las facturas de estos bienes, por consiguiente, no están sujetas a Devolución de IVA en el aeropuerto.
  • Las compras han de haberse realizado dentro de los tres meses anteriores a la salida.
  • El destino de los bienes adquiridos ha de ser fuera de la Unión europea.

Solicitud y proceso de Devolución de IVA

El proceso se inicia en el aeropuerto y antes de facturar el equipaje, ya que en algunos casos es necesario presentar los objetos adquiridos para su comprobación. Dispone de dos opciones, según el establecimiento donde haya adquirido los objetos:

Procedimiento DIVA:

Si el comercio donde ha realizado las compras está adaptado a este procedimiento, usted puede solicitar al comercio un formulario web (formulario DIVA), que podrá validar electrónicamente en los aeropuertos españoles que dispongan de máquinas automáticas o dispositivos lectores para la validación electrónica de dicho formulario (la gran mayoría de aeropuertos españoles ya dispone de estas máquinas). Una vez cumplimentado este proceso ya puede solicitar la Devolución del IVA (consulte "Obtención de la Devolución del IVA").

A v i s o   i m p o r t a n t e

Algunas personas han reportado casos de robos de bolsos (por tirón o descuido) mientras estaban gestionando la devolución del TAX FREE en las máquinas del aeropuerto. Los ladrones aprovechan que la atención de los pasajeros se centra en este proceso y en otras gestiones en este área y sustraen los bolsos dándose a la fuga. No descuide sus pertenencias y mantenga la atención en todo momento.

Sellado manual en la Oficina de Aduanas:

Si no dispone de formulario DIVA que justifique sus compras, acuda a la Oficina de Aduanas del aeropuerto (Guardia Civil). En dicha oficina deberá presentar la siguiente documentación:

  • Pasaporte o DNI/ID (documento de identidad). Para los residentes en Canarias, Ceuta y Melilla, el domicilio debe constar en el DNI.
  • Las facturas que cumplan los requisitos antes mencionados.
  • Los bienes indicados en las facturas.
  • La tarjeta de embarque o el ticket de la compañía aérea con la ruta de viaje.

Tras las comprobaciones pertinentes de la documentación y de los bienes comprados se procederá al sellado de las facturas. Una vez cumplimentado este proceso, podrá solicitar la Devolución del IVA (consulte "Obtención de la Devolución del IVA")

Nota: Tenga en cuenta que en esta oficina puede haber bastantes pasajeros esperando su turno; tome sus precauciones con la salida del vuelo por un posible tiempo adicional.

Si durante su viaje Vd. va a estar en tránsito en otro aeropuerto antes de abandonar la UE, en ese caso deberá sellar las facturas en éste último aeropuerto.

Obtención de la Devolución del IVA:

Una vez tenga las facturas debidamente selladas o debidamente validadas electrónicamente, para obtener la devolución del IVA puede elegir cualquiera de los siguientes procesos:

  • Puede enviar la/las facturas selladas al establecimiento donde realizó la compra para que éste efectúe el reembolso del IVA.
  • Si el aeropuerto dispone de Oficina de Devolución de IVA, puede personarse allí con las facturas selladas para que le hagan efectivo el reembolso.
    Tenga en cuenta que esta última operación está sujeta a comisión por parte de la oficina del aeropuerto; dicha oficina está en la zona de embarque tras pasar los controles de seguridad.

Tenga en cuenta que en esta oficina puede haber bastantes pasajeros esperando su turno; tome sus precauciones con la salida del vuelo por un posible tiempo adicional.

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